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LA FIRMA DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE TOMATE Y LECHUGA GARANTIZA LA ESTABILIDAD EN EL SECTOR

By enero 8, 2013 No Comments

<p>La Comisi&oacute;n Negociadora del <strong>Convenio Colectivo para las Empresas Cosecheras y Productoras de Tomate, Lechuga y otros productos agr&iacute;colas y sus Trabajadores de la Regi&oacute;n de Murcia</strong>, compuesta por representantes de PROEXPORT, UGT y CCOO, ha firmado el acuerdo que regula las relaciones laborales en las empresas adheridas hasta diciembre de 2015.</p>

<p>Seg&uacute;n ha declarado el <strong>presidente del Comit&eacute; de Relaciones Laborales de PROEXPORT, Pedro Alfonso Garre, &ldquo;este acuerdo garantiza la paz social para los m&aacute;s de 20.000 trabajadores del colectivo de empresas vinculadas a PROEXPORT</strong>. La estabilidad laboral y el mantenimiento de los puestos de trabajo ha sido el criterio que ha primado para todas las partes firmantes, m&aacute;s que los condicionantes econ&oacute;micos&rdquo;.</p>

<p>Representantes de empresas y trabajadores han tenido en cuenta los actuales momentos que atraviesa la econom&iacute;a espa&ntilde;ola y han consensuado un acuerdo en el que se establece una contenci&oacute;n salarial con el objetivo de garantizar el futuro de los puestos del trabajo en el sector. De este modo, las empresas tienen la seguridad de conocer hasta 2015 los costes sociales de su actividad, pudiendo as&iacute; establecer una programaci&oacute;n a largo plazo.</p>

<p>Asimismo han quedado establecidos los criterios para las horas extraordinarias y se introduce una <strong>distribuci&oacute;n irregular de la jornada de 140 horas anuales </strong>con un m&aacute;ximo de 9 horas al d&iacute;a, as&iacute; como la regulaci&oacute;n de las horas extraordinarias, lo que permitir&aacute; a las empresas una <strong>mayor flexibilidad en la organizaci&oacute;n de las jornadas</strong>.</p>

<p>Con el mismo objetivo de estabilidad en el empleo se han establecido las condiciones para la composici&oacute;n de las plantillas entre trabajadores fijos y fijos discontinuos, estableciendo una limitaci&oacute;n de las contrataciones eventuales.</p>

<p>Siguiendo los criterios fijados por la nueva Reforma Laboral, el convenio suscrito podr&aacute; prorrogarse un m&aacute;ximo de un a&ntilde;o tras acabar su vigencia (2015), con el objetivo de que no se eternicen las negociaciones entre las partes. El convenio colectivo entrar&aacute; en vigor una vez sea publicado en el Bolet&iacute;n Oficial.</p>

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