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Son derechos de los Asociados, tal y como establecen los Estatutos de la Asociación, los siguientes:
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- Asistir como miembros a la Asamblea General y Comités Sectoriales a los que esté adscrito con voz y voto.
- Elegir y ser elegidos miembros de la Comisión de Gobierno o de cualquier otro Organo de Gobierno de la Asociación.
- Utilizar todos los servicios de cualquier orden que pudiera dar la Asociación.
- Examinar los libros de actas y contabilidad de la Asociación dentro de los quince días anteriores a la celebración de Asambleas Generales.
- Presentar mociones y propuestas a la Comisión de Gobierno, Comités Sectoriales y a la Asamblea General.
- Ser informados de las actividades desarrolladas por la Asociación y sus Organos de Gobierno.
- Cualesquiera otros derechos y funciones que le sean reconocidos por la Asociación.
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